Ante los problemas de seguridad actuales en las zonas turísticas y comerciales, y para evitar las pérdidas de tiempo que conlleva la comparecencia y formulación de las denuncias ante el Cuerpo Nacional de la Policía, existe una vía para denunciar los hechos delictivos desde la oficina mediante el uso de Internet

Se trata de la Oficina Virtual de Denuncias del Cuerpo Nacional de la Policía que puede encontrarse aquí [atención: a veces esta página da un error de certificado, pero se puede entrar con seguridad a pesar de las advertencias que emita el explorador usado: escoja Vaya a este sitio web (no recomendado) si usa Internet Explorer].

La recomendación que hacemos es DENUNCIAR SIEMPRE, aunque el hecho nos parezca insignificante o que la denuncia la consideremos una acción inútil. Por eso se ofrece la presente información.

De la referida página de Internet, destacamos algunos aspectos:

1.- No debe ser denunciado por este sistema hecho alguno en el que haya tenido lugar VIOLENCIA FISICA EN LAS PERSONAS.

2.- Tampoco debe ser denunciado por este sistema hecho alguno en el que su AUTOR(ES) estén identificados.

3.- Su denuncia estará disponible para ser firmada en la Comisaría por usted elegida a partir de las 10 de la mañana del día siguiente (10:00 AM horas) al momento de su realización. No obstante es conveniente utilizar la opción de “COMPROBACION DEL ESTADO DE SU DENUNCIA”, bien por si estuviera disponible antes de esa hora, bien para evitar molestias o desplazamientos inútiles en caso de existir algún error. 

3.- Una vez en Comisaría, indique su referencia y será atendido inmediatamente, no teniendo que esperar turno con relación a los denunciantes por el sistema tradicional. 

4.- Los apartados de “Declaración”, “Descripción de los daños”, “Descripción de los objetos” y “Datos Complementarios”, deben ser utilizados únicamente como ampliación de los datos consignados en los campos específicos. No repita información.

5.- Lea detenidamente las instrucciones para cumplimentar correctamente su formulario de denuncias.

6.- El uso de este procedimiento únicamente es válido para interponer denuncias ante el CUERPO NACIONAL DE POLICIA. 

7.- Cumplimentado su contenido, es imprescindible, para que la denuncia adquiera eficacia jurídica, firmar copia de la misma dentro de las 72 horas siguientes a su envío en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía elegida. 

8.- El uso inadecuado de este sistema, simulando ser víctima de una infracción penal o denunciando un hecho inexistente que provoque actuaciones procesales, podría originar responsabilidades penales.

Debemos tener en cuenta que la denuncia que hagamos, aunque nos parezca inútil, permite hacer patente la situación real de las distintas zonas en las estadísticas del cuerpo policial, ya que de estas estadísticas se derivan los planes operativos y las asignaciones de recursos.

Considerar, además, que una denuncia ante la policía local por lo general no pasa a los registros del Cuerpo Nacional de la Policía si no se refiere a un delito, por lo que probablente no tendrá trascendencia alguna a los efectos anteriormente indicados.